REGLAMENTACIÓN SOBRE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. INSPECCIONES
¿Cuál es la reglamentación actual en materia de instalaciones de protección contra incendios?
Actualmente existen, principalmente, dos reglamentos:
- RD 2267/04 Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
- RD 513/2017 Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
¿Qué inspecciones se deben realizar y cuál es su periodicidad?
En función del tipo de instalación y antigüedad aplicaremos un reglamento u otro:
Para instalaciones en establecimientos industriales, puestas en marcha a partir de enero de 2005, la periodicidad será:
- a) Cinco años, para los establecimientos de riesgo intrínseco bajo.
- b) Tres años, para los establecimientos de riesgo intrínseco medio.
- c) Dos años, para los establecimientos de riesgo intrínseco alto.
Para el resto de las instalaciones, en materia de inspecciones, se aplicaría el RD 513/17, (salvo que haya legislación específica) y se inspeccionarían con una periodicidad de 10 años, con las siguientes excepciones:
- Uso residencial vivienda,
- Uso administrativo con superficie construida menor de 2000 m2,
- Uso docente con superficie construida menor de 2000 m2,
- Uso comercial con superficie construida menor de 500 m2,
- Uso pública concurrencia con superficie construida menor de 500 m2 y
- Uso aparcamiento con superficie construida menor de 500 m2,
¿Necesita más información y/o ayuda?
Desde TUV SUD ATISAE, SAU, le podemos dar toda la ayuda que necesite en materia de inspecciones, gracias a nuestras más de cuarenta oficinas, distribuidas por todo el territorio nacional. Rogamos se ponga en contacto con María Reyes Piernas (Administración): Tel. +34 650 46 97 59 / 968 21 64 43,Email: maria.reyes@tuvsud.com.