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¿Qué dispositivos contra incendios exige la Comunidad de Madrid para las viviendas de alquiler?

Extintores en viviendas alquiler turistas

Como sabemos desde hace unos años las viviendas de alquiler destinadas para uso turístico están exigiendo que todas las viviendas ya sean viviendas unifamiliares o no disponga de medios de extinción. Por tanto en la comunidad de Madrid para poder obtener la cédula de habitabilidad, no solo es necesario disponer de un certificado de eficiencia energética de la vivienda, sino que ademas debemos disponer de un certificado de idoneidad de la vivienda (CIVUT).

Este certificado de idoneidad viene establecido en el articulo 17 bis del Real Decreto 79/2014, del 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid,incorporado por Real Decreto 29/2019, de 9 de abril.

¿Pero que es realmente el CIVUT?.

El CIVUT o Certificado de Idoneidad es un documento exigido a los propietarios de viviendas destinados a Uso Turístico y que quieran legalizar su vivienda en la Comunidad de Madrid. Esta fecha de inicio se estableció a partir de 2018 una vez se aprobó la modificación del RD 79/2014, tal y como se indico anteriromente( RD 29/2019)

A los efectos de lo dispuesto en la modificación del Decreto este documento será emitido por un técnico competente en el que, tras efectuar una comprobación in situ, se acreditara que la vivienda cumple con los requisitos establecidos en el artículo 17 bis.

Estos técnicos tendrán que ser técnicos competentes para la suscripción de dicho CIVUT quienes estarán en posesión del título de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.

Precio del CIVUT completo, que incluye los planos adaptados a la normativa, el certificado de idoneidad y el asesoramiento para cumplir todos los requisitos ronda entorno a:

Viviendas hasta 100 m2………………………………………….. 350€

Viviendas de 101 a 200m2………………………………………. 450 €

Requisitos que acredita el Certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico (CIVUT)

  1. Disponer de calefacción y suministro de agua fría y caliente.
  2. Disponer al menos de una ventilación directa al exterior o a patio no cubierto.
  3. Disponer de un extintor manual, en el interior de la vivienda colocado a no más de 15 metros de la puerta de salida de la vivienda.
  4. Disponer de señalización básica de emergencia indicando la puerta de salida de la vivienda.
  5. Disponer de un plano de evacuación del edificio y de la vivienda en un lugar visible.

El CIVUT tendrá que estar a disposición de los usuarios de las viviendas de uso turístico, para su consulta.

Comentarios: el real decreto no menciona el modelo de extintor necesario a disponer en la vivienda, por lo que se podra disponer de cualquiera de ellos. Nosotros recomendamos el modelo de 4kg de polvo ABC, por su tamaño mas reducido que el de 6kg y por la eficacia obtenida 21A 113B, aunque el de 6kg o 6lts de espumogeno también seria valido.

Extintores de polvo ABC

Extintor de 4kg de polvo ABC

29.95 (IVA incluido)

Extintores de polvo ABC

Extintor 6kg polvo ABC peana de PVC

31.95 (IVA incluido)

Para mas información sobre adquisición de productos o tramites, consultenos en info@extinhouse.es

 

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